sábado, septiembre 21, 2024
Nacional

Condena a exministro Andrés Felipe Arias será revisada

En un fallo histórico que abre la puerta a cientos de procesos que podrían correr la misma suerte, la Corte Constitucional ordenó la revisión de la condena al exministro de Agricultura, Andrés Felipe arias, condenado por el manejo de los recursos del programa Agro Ingreso Seguro (AIS), en el año 2014-

En una dividida decisión, de 4 a 5, la Corte Constitucional al decidir sobre la revisión a una acción de tutela interpuesta por el exfuncionario conceptuó que Arias tiene derecho a que la sentencia en su contra sea revisada, aunque seguirá detenido.

Por los hechos investigados, Arias fue condenado a 17 años y cinco meses por la Corte Suprema de Justicia, el 16 de julio de 2014, al demostrarse irregularidades en el proceso de suscripción de tres convenios de AIS, programa gubernamental destinado a entregar recursos para la reactivación del campo, la productividad y la competitividad; pero que llevó a que políticos y terratenientes, o personas ajenas a la actividad agrícola, obtuvieran sumas millonarias, recurriendo a maniobras irregulares, como el sonado caso de la exreina Valerie Domínguez, quien recibió uno de estos subsidios, al ser parcelada una tierra de la familia de su novio, Juan Manuel Dávila Fernández de Soto, en la finca La Faena, ubicada en el municipio de Algarrobo en el Magdalena.

Los magistrados que salvaron su voto fueron Antonio José Lizarazo, Alejandro Linares, José Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Ríos. Las magistradas Diana Fajardo y Cristina Pardo aclararon su voto.

Desde julio del año pasado Arias se encuentra detenido en el Cantón Norte, luego de volver a Colombia, luego de ser extraditado de Estados Unidos, para pagar en el país la pena impuesta y que evadió, la irse al extranjero y pedir asilo, cuando comenzó el proceso.

Durante casi cuatro horas, la Corte Constitucional comenzó, pasadas las 9:00 de la mañana, la revisión de una tutela en la que pidió que se le permita interponer un recurso contra el fallo que lo condenó en única instancia. Al terminar la sesión, después de la 1:30 de la tarde. El alto tribunal determinó conceder el derecho a impugnar el fallo condenatorio, lo que significa, afirman la mayoría de los magistrados, que se le había vulnerado el derecho al debido proceso cuando fue condenado en única instancia.