Economía

Tenderos están obligados a prestar el baño o pueden ser multados

En uno de los artículos del Código de Policía quedó establecido que los tenderos están obligados a prestar sus baños a la comunidad.

De hecho, el tendero que se niegue a facilitar el baño a los ciudadanos que se lo le pidan “prestado”, puede ser objeto de duras multas.

Estas sanciones aplican cuando se trata de niños, mujeres embarazadas y adultos mayores.

Y es que el Código de Policía es claro sobre la obligación de los locales comerciales a prestar el baño a los ciudadanos, independiente de si se trata de clientes o no del lugar.

Revisado el Código de Policía, el tendero que se niegue a facilitar el baño puede ser multado hasta con $121.000.

En caso de que un ciudadano se vea afectado por la negación de este servicio, puede dirigirse al CAI de la Policía más cercano.

Ahí puede presentar la denuncia para que se haga efectiva la sanción en contra del tenedero.