La Corte Suprema notificó al Senado de la medida preventiva de reclusión domiciliaria en contra del expresidente Álvaro Uribe.
Aclaró que debe cumplirse los artículos 134 de la Constitución y 277 de la ley 5 de 1992, que establece el reglamento del Congreso.
Queda suspendido y debe reemplazarlo la primera persona de la lista al senado de su partido que no entró al Congreso por falta de votos.
Uribe solo podría volver a su cargo cuando le levante la medida preventiva y archiven el proceso en su contra o lo declaren inocente.
El próximo paso es determinar si se llama a juicio al expresidente o se precluye la investigación.
De encontrarse elementos suficientes que prueben la responsabilidad de Uribe Vélez por los cargos, quedaría inhabilitado para ejercer como senador.