La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia reconoció el trastorno afectivo bipolar como una enfermedad grave.
El alto tribunal interrumpió un proceso laboral que adelantaba una mujer en contra de la Caja Colombiana de Subsidio Familiar – Colsubsidio-
Esa decisión se tomó luego de estudiar las peticiones de uno de los abogados, quien afirmó que no podía continuar con la defensa del proceso.
El abogado argumentó que lo diagnosticaron con la enfermedad.
El jurista pidió la suspensión del proceso argumentando que dicha enfermedad lo llevaba a afrontar quebrantos de salud impidiéndole asumir el caso.
Entregó a la Corte una incapacidad medica por 30 días que fue expedida por la Clínica Emanuel «Instituto Nacional de Demencias Emanuel».
Presentó un diagnóstico principal de “trastorno afectivo bipolar, no especificado—Confirmado repetido”.
Para la Corte una enfermedad grave es “aquella que impide al apoderado realizar aquellos actos de conducta atinentes a la realización de la gestión profesional encomendada”.
La Corte también citó el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional.
Advirtió que los trastornos de humor en una persona pueden afectar su vida cotidiana y sus labores.