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Ordenan reintegro de hombre despedido por sus ideales políticos

La Corte Suprema de Justicia le ordena a la empresa Convida EPS reintegrar a un hombre a quien despidieron por no apoyar el movimiento político que le impuso su trabajo.

Convida EPS es una empresa industrial y comercial del departamento del Cundinamarca, vinculada al despacho del gobernador.

El alto tribunal recordó que la Ley de garantías impide intimidar a trabajadores para obtener su apoyo en votaciones.

Carlos Arturo Verano demandó a la empresa Convida EPS de Cundinamarca, cuando lo despidieron de su trabajo sin justa causa.

Solicitó que lo reintegraran, debido que, para él, la empresa violó la ley de garantías por retirarlo de su cargo después de las elecciones presidenciales de 2014-2018.

Según la empresa, el cargo de Carlos Arturo no era ocupado por una persona de planta sino por un empleado con contrato de prestación de servicios.

Sin embargo, la Corte estableció que esos argumentos no eran válidos y el despido se tornaba ineficaz.

Para Carlos Arturo, la empresa lo despidió por no estar de acuerdo con su mismo movimiento político.

La Ley de Garantías (996 de 2005) no solo prohíbe contratar nuevo personal, sino despedir el existente.

También impide la intimidación de trabajadores, a través de amenaza del despido, para obtener su apoyo a determinados grupos o movimientos políticos.

Por lo que el alto tribunal ordenó reintegrar a Carlos Verano a su empleo con las mismas garantías laborales que ya contaba.