martes, diciembre 3, 2024
General

Medidas de movilidad para los días de Carnaval

Barranquilla está lista para celebrar el Carnaval 2023, la fiesta más importante de los barranquilleros, Patrimonio Cultural e Inmaterial de la Humanidad, donde se realizan desfiles, bailes, casetas, verbenas y presentaciones en toda la ciudad.

La Alcaldía de Barranquilla, a través de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial garantizarán la seguridad vial de todos los visitantes y ciudadanos, por lo cual implementarán medidas que disminuirán la accidentalidad y facilitarán la movilidad en la ciudad durante los días de fiesta:

Pico y placa

Se restringe la circulación de vehículos particulares en toda la ciudad desde las 2:00 de la tarde del viernes 17 de febrero hasta el lunes 20 de febrero de 2023 a las 6:00 de la mañana, teniendo en cuenta el ultimo digito del número de placa:

Día   Placas terminadas en  Horario 
Viernes 17 de febrero de 2023 1 – 2 – 3  Desde las 2:00 pm del viernes hasta las 6:00 am del sábado.  
Sábado 18 de febrero de 2023 4 – 5 – 6 – 7  Desde las 10:00 am del sábado hasta las 6:00 am del domingo.  
Domingo 19 de febrero de 2023 8 – 9 – 0   Desde las 10:00 am del domingo hasta las 6:00 am del lunes.

Tener en cuenta:

Los vehículos que tengan restricción y los visitantes que se encuentren en tránsito por Barranquilla, podrán circular portando y presentando el tiquete de los peaje ubicados en las vías de acceso a la ciudad, con la fecha y hora de ingreso, la cual no debe exceder un periodo de cuatro (4) horas.

SANCIÓN: El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($ 522.940).  Además, el vehículo será inmovilizado.

Excepciones

-Los que conforman la “caravana presidencial”.

-Los destinados para el uso y seguridad del Alcalde Mayor del Distrito de Barranquilla y Gobernador del Departamento del Atlántico.

-Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional e Instituto Nacional Penitenciario (INPEC), utilizados para el transporte de sindicados y condenados.

-Las ambulancias, los vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias y atención médica o de salud, debidamente identificados.

-Los vehículos adaptados para la conducción y transporte de personas con discapacidad.

-Los vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados.

-Los vehículos destinados al control de tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y de las aseguradoras que atienden siniestros y/o accidentes de tránsito, debidamente identificadas como tales.

-Los vehículos destinados al control del sistema de transporte masivo SITM TRANSMETRO S.A.S., debidamente identificados.

-Los vehículos destinados a la prestación de los servicios de vigilancia privada y de escolta, debidamente identificados como tales y durante la prestación del servicio.

-Los vehículos autorizados para el transporte de valores.

-Los vehículos de servicio oficial y diplomáticos.

-Los coches fúnebres.

-Los vehículos de servicio particular destinados para el transporte escolar, debidamente habilitados para tal efecto, siempre que se encuentre prestando el servicio para el cual está habilitado.

-Los vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres (3).

-Los vehículos de los medios de comunicación debidamente identificados.

– Los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga, durante la prestación del respectivo servicio. Incluye los vehículos que transportan elementos estructurales para montaje de palcos

Cambios viales

Se realizarán cambios viales de manera temporal a partir del sábado 18, domingo 19 y lunes 20 de febrero de 2023, vías que normalmente son de doble sentido vial, pasarán a UNICO sentido de circulación vial. Esto con el fin de facilitar la movilidad hacia la Vía 40:

Carrera 64 entre Calles 79 y 80, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE -OCCIDENTE.

Carrera 65 entre Calles 79 y 81B, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO OCCIDENTE – ORIENTE.

Carrera 66 entre Calles 79 y 84, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE – OCCIDENTE.

Carrera 67 entre Calle 79 y 84, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO OCCIDENTE – ORIENTE.

Carrera 68 entre Calles 79 y 84, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE – OCCIDENTE.

Calle 81 entre Carreras 64 y 76, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO SUR -NORTE.

Calle 84 entre Carreras 76 y 75B, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO NORTE -SUR.

Carrera 76 entre Calles 85 y 89, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE -OCCIDENTE.

Pico y placa para taxis

El viernes 17 de febrero de 2023 se suspenderá la medida de pico y placa para todos los taxis en la ciudad de Barranquilla.

A partir del lunes 20 de febrero de 2023, se restablece el calendario de pico y placa para taxis, según el cronograma establecido:

– Lunes 20 de febrero de 2023: 1 y 2.

– Martes 21 de febrero de 2023: 3 y 4.

– Miércoles 22 de febrero de 2023: 5 y 6.

Circulación en la Vía 40

Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos y actividades de cargue y descargue los días sábado 18, domingo 19 y lunes 20 de febrero, en la zona conformada por las siguientes vías:

Vía 40 desde la calle 85 hasta la carrera 54. (Inclusive)

Carrera 54 entre Vía 40 y calle 48. (No Inclusive)

Calle 48 entre carrera 54 y calle 58. (No Inclusive)

Calle 58 entre carrera 70 y carrera 67. (No Inclusive)

Carrera 67 entre calle 58 y calle 75. (No Inclusive)

Calle 75 entre carrera 67 y carrera 60. (No Inclusive)

Carrera 60 entre calle 75 y calle 79. (No Inclusive)

Calle 79 entre carrera 60 y carrera 68. (No Inclusive)

Carrera 68 entre calle 79 y calle 84. (No Inclusive)

Calle 84 entre carrera 68 y carrera 73. (No Inclusive)

Calle 82 entre carrera 73 y carrera 76. (No Inclusive)

Carrera 76 entre calle 82 y calle 85. (No Inclusive)

Calle 85 entre carrera 76 y Vía 40. (No Inclusive)

Sanciones

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.  Además, el vehículo será inmovilizado ($522.940).

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada B.19 Realizar el cargue y descargue de un vehículo en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes ($278.647).

Suspensión de Permisos: los vehículos que cuenten con permiso especial para realizar actividades de cargue y descargue en esta zona, no podrán hacer uso de él durante los días sábado 18, domingo 19 y lunes 20 de febrero de 2023.

Excepciones: están exentos de la prohibición los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga de elementos estructurales para montaje de palcos, durante la prestación del respectivo servicio.

Estacionamiento

Prohibir el estacionamiento de vehículos en vía y todo espacio público, desde las 11:00 de la noche del viernes 17 de febrero de 2023 hasta las 11:59 p.m., del martes 21 de febrero de 2023, en la zona conformada por las siguientes vías:

Vía 40 desde la calle 85 hasta la carrera 54. (Inclusive)

Carrera 54 entre Vía 40 y calle 48. (No Inclusive)

Calle 48 entre carrera 54 y calle 58. (No Inclusive)

Calle 58 entre carrera 70 y carrera 67. (No Inclusive)

Carrera 67 entre calle 58 y calle 75. (No Inclusive)

Calle 75 entre carrera 67 y carrera 60. (No Inclusive)

Carrera 60 entre calle 75 y calle 79. (No Inclusive)

Calle 79 entre carrera 60 y carrera 68. (No Inclusive)

Carrera 68 entre calle 79 y calle 84. (No Inclusive)

Calle 84 entre carrera 68 y carrera 73. (No Inclusive)

Calle 82 entre carrera 73 y carrera 76. (No Inclusive)

Carrera 76 entre calle 82 y calle 85. (No Inclusive)

Calle 85 entre carrera 76 y Vía 40. (No Inclusive)

SANCIÓN: el conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.2 Estacionar un vehículo en sitios prohibidos, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($522.940).