El Gobierno de Colombia autorizó la compra e importación de vacunas contra el coronavirus por parte de empresas y entidades privadas.
Sin embargo, estableció las siguientes condiciones:
- Solamente se podrán adquirir vacunas que tengan la autorización sanitaria del Invima para uso de emergencia.
- La aplicación de las dosis deberá ser gratuita para las personas que tengan un vínculo laboral o contractual con las empresas.
- Dichas empresas tendrán que cumplir los reglamentos del Plan Nacional de Vacunación.
- Deberá soportarse en una logística que esté debidamente presentada en términos de refrigeración y aplicación.
- La aplicación no podrá distraer recursos humanos que hagan parte de la estrategia de inmunización del Gobierno.
- Se tendrá que fortalecer el recurso humano adicional con el cual se contará para la aplicación de esas vacunas.
- La adquisición de las vacunas solo podrá hacerse a través de la casa matriz de la farmacéutica o de distribuidores autorizados por parte del Invima.
- La aplicación de las vacunas que sean adquiridas por el sector privado iniciará después de la tres.
- Las empresas podrán iniciar ya la negociación con las farmacéuticas o distribuidores a partir de mañana.
- Los privados deberán asumir el costo de la compra e importación de los biológicos, así como el de la aplicación de las dosis.
- Las empresas deberán garantizar el esquema completo en el caso de las vacunas que requieren más de una dosis.
- Tendrán que cumplir con los requisitos de distribución y aplicación en los departamentos.
- Debe hacerse una aplicación (de las vacunas) en una entidad de servicios de salud habilitada.
- Las empresas no podrán excluir a ningún empleado, sino que el esquema “debe incluir a todo el personal que haga parte de dicha organización.