El Juez 11 Administrativo de Bogotá ordenó suspender la Resolución que permitió dejar de exigir la prueba PCR negativa a los viajeros que llegaban a Colombia desde el exterior.
Por lo tanto, debe pedirse la prueba nuevamente, “previo al embarque del país de origen la prueba PCR con resultado negativo”, como requisito de ingreso al país
El fallo es de primera instancia y puede ser impugnado en las 24 horas siguientes a la notificación.
También ordena que se cumpla la cuarentena o aislamiento preventivo por 14 días en el lugar de vivienda o alojamiento previsto con antelación por cada viajero.
Dentro de los argumentos que entrega el tribunal se establece que, “el Ministerio de Salud y Protección Social,
Argumenta el fallo que sin la prueba se pone en riesgo la vida y la salud de la población colombiana.
La decisión judicial aclara que la prueba PCR no es una medida de mitigación 100% eficiente, como tampoco son otras.
Sin embargo, “si se configura como un filtro que conlleve a realizar un cerco epidemiológico y evitar que entren al país personas que puedan tener el virus”.
También advierte que no existe capacidad de seguimiento.