sábado, septiembre 21, 2024
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Decretada calamidad pública en el Puerto de Barranquilla

Debido a la crisis en el Puerto de Barranquilla, el alcalde local, Jaime Pumarejo decretó la figura de la calamidad pública que permitirá tomar acciones.

Por el bajo calado del canal de acceso se requiere “Diseñar y ejecutar el Plan de Acción Específico con el fin de superar la crisis de navegabilidad”.

El decreto dispone:

Artículo 1°: Restringir “la prestación del servicio portuario por las graves afectaciones al servicio público esencial del transporte marítimo y fluvial.

Artículo 2°: Permitirá gestionar y coordinar con las autoridades nacionales las acciones necesarias para garantizar la prestación del servicio público esencial de transporte marítimo y fluvial del puerto.

Artículo 3°: Diseñar y ejecutar el Plan de Acción Específico con el fin de superar la crisis de navegabilidad del canal de acceso al Puerto de Barranquilla.

Será de obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas o privadas que deban contribuir a su ejecución, en los términos de la declaratoria y sus modificaciones.

Artículo 4°: Gestionar ante el Gobierno nacional o autoridades competentes, los recursos y/o proyectos para atender esta declaratoria de calamidad pública y para la ejecución del Plan de Acción Específico.

Artículo 5°: Este Decreto tendrá una vigencia de seis (6) meses de conformidad con el parágrafo del artículo 64 de la Ley 1523 de 2012.