Justicia

Corte Constitucional ordenó proteger el mural de los ‘falsos positivos’

Mediante un fallo de tutela, la Corte Constitucional les dio la razón a los familiares de las víctimas de los falsos positivos.

El alto tribunal revocó un fallo de primera instancia que ordenaba borrar el denominado “mural de los falsos positivos”.

El recurso lo presentó el entonces general Marcos Evangelista Pinto Lizarazo contra Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice).

Pinto Lizarazo y otros oficiales señalados por las ejecuciones extrajudiciales aparecen en el mural bajo la leyenda “¿Quién dio la orden?”.

El caso llegó a la Corte Constitucional que con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo tumbó dicho fallo y le dio la razón a las víctimas.

El abogado Sebastián Escobar, defensor de las víctimas, explicó que la decisión de la Corte aprueba el mural, dejándolo intacto y con la posibilidad de replicarlo

Precisó que “la Corte respalda el discurso y reconoce el derecho que le asiste a las víctimas para expresar libre y públicamente sus opiniones”.

El fallo de la Corte señala que las víctimas de los “falsos positivos” al pintar el mural no incurrieron “en abuso del derecho a la libertad de expresión”.

Tampoco violaron los derechos fundamentales al buen nombre y honra del general Pinto

La Corte advirtió que “los ciudadanos tienen el derecho de denunciar de manera pública hechos y actuaciones que consideren irregulares y que sean atribuibles a servidores públicos”.