El ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, entregó detalles de lo que será la reforma tributaria, o también denominada Ley de Inversión Social.
Uno de los temas de mayor interés para la comunidad son los tres días sin IVA.
Respecto a esto, el jefe de cartera confirmó que la actividad económica se llevará a cabo entre octubre y noviembre del presente año.
Señaló que la Ley de Inversión Social está diseñada para que haya una participación masiva en los tres días sin IVA, debido a que se estarán permitidos los pagos en efectivo.
“Esos tres días sin IVA incluyen a aquellos colombianos que realizan su pago en efectivo”, señaló el jefe del Ministerio de Hacienda.
Y aclaró que la única condición para este tipo de pago es que se “medie a través de una factura electrónica”.
El Gobierno Nacional buscan ser más progresivos e involucrar a muchos más ciudadanos en este beneficio económico.
Desde el Ministerio de Hacienda se evalúa realizar los tres días sin IVA entre octubre y noviembre. Un día en el primer mes y dos días en el segundo.
Comerciantes del país esperan que ese beneficio se realiza en los días de pago de la prima para que haya mucha más participación ciudadana.
¿Cuáles son los productos que entrarán?
De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Inversión Social, estos son los siete productos que se podrán adquirir durante los días establecidos por el Ministerio de Hacienda.
- Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
- Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
- Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas – IVA.
- Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
- Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a diez (10) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
- Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a cinco (5) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.
- Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el impuesto sobre las ventas -IVA.