La segunda convocatoria del programa de mejoramiento de vivienda ‘Casa Digna, Vida Digna’ continúa abierta para las familias soledeñas.
Los barrios priorizados en esta fase son 12 de Octubre, Porvenir, Villa Sol, Villa María, Villa Adela I, Juan Domínguez Romero, Salcedo, Ciudad Bonita, 7 de Agosto y La Loma.
La gobernadora del Atlántico, Elsa Noguera, resaltó que a la fecha son 340 viviendas beneficiadas en los cuatro barrios del municipio incluidos en la primera fase.
Son Altos de Jesús, Moras Occidente, Prado Soledad y San Vicente.
“Ahora están felices, Con viviendas dignas, estamos construyendo un Atlántico para la Gente”, afirmó la mandataria departamental.
Asimismo, agregó que la invitación es a que más hogares se postulen en la segunda convocatoria para que puedan recibir el subsidio.
Mejoramiento locativo
Los recursos son para mejoramiento locativo de vivienda de hasta 12 salarios mínimos legales vigentes.
La gobernadora Noguera explicó que “este es un proyecto hermoso, que estamos ejecutando con la Alcaldía de Soledad y el Ministerio de Vivienda”.
“Busca mejorar las condiciones de las viviendas de 2.200 familias soledeñas en los 14 barrios priorizados”, anotó.
Esta estrategia está cofinanciada por el Gobierno Nacional, a través del programa ‘Casa Digna, Vida Digna’, y cuenta con una inversión de 24 mil millones de pesos.
“A la fecha, en los primeros cuatro barrios hay 721 hogares asignados, de los cuales iniciaron obra 604 y hoy ya están terminados los trabajos en 340 viviendas.
En la etapa de postulaciones de esta segunda convocatoria, ya habilitaron en el programa 592 familias, a quienes en próximos días se les realizará el diagnóstico de sus viviendas.
A tener en cuenta
Las personas que residan en estos sectores y que quieren postularse deben tener en cuenta que:
– Los integrantes del hogar deben contar con documento de identificación vigente.
– No pueden haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición asignado por entidades del orden nacional.
– No deben ser propietarios de una vivienda diferente a la inscrita en el programa.
– Deben ser propietarios o poseedores de la vivienda postulada y habitar en la misma.
– Tener título de propiedad de la vivienda o la acreditación de la posesión de la casa de por lo menos cinco años.