El Tribunal Superior de Bogotá le concedió la libertad a prueba al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien llegó el pasado 27 de febrero deportado desde los Estados Unidos a Colombia y se encontraba privado de la libertad en la cárcel La Picota de Bogotá.
La juez Marina Zamora explicó que, teniendo en cuenta que cumple con los requisitos, la libertad de Mancuso será por cuatro años. Sin embargo, deberá cumplir con medidas como informar cualquier cambio de residencia, no podrá salir del país sin autorización ni portar armas de fuego; tampoco podrá ir a los departamentos de Córdoba, Sucre, Atlántico, Cesar, La Guajira y Norte de Santander donde existen víctimas de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).
Igualmente, Mancuso no podrá incurrir en actividades delictivas, ni hacer apología a las Auc o reunirse con antiguos miembros de ese grupo ilegal.
Con esta determinación también se decidió que en las próximas 48 horas, la Unidad Nacional de Protección debe hacer un estudio sobre el riesgo del exjefe paramilitar y garantizar su seguridad y vida ante el riesgo que tiene por las declaraciones que ha entregado.
Adicionalmente, la funcionaria judicial afirmó que no hay pruebas de que Mancuso haya incumplido el compromiso de entrega de sus bienes
¿Qué había dicho la Fiscalía?
La Fiscalía, por su parte, había asegurado que Mancuso cumplía con todos los requisitos para concederle este beneficio, ya que el exjefe paramilitar también ha realizado aportes a la verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición.
“La Fiscalía no se opone a que se le conceda al postulado Salvatore Mancuso la libertad a prueba. La Fiscalía considera que se cumplen los requisitos para concederle la libertad a prueba. Esto por los ocho años de pena alternativa que han sido cumplidos”, precisó la fiscal Magaly Álvarez.
Agregó la delegada de la Fiscalía que en la justicia ordinaria, Mancuso no tiene órdenes de capturas vigentes y que el proceso de lavado de activos que tenía por presuntamente delinquir después de su desmovilización pasó a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) desde 2018.
¿Qué argumentó la Procuraduría?
Mientras que la Procuraduría había advertido que no se le puede conceder de manera inmediata la libertad a prueba, mientras no comparezca ante Justicia y Paz, donde cursan procesos en su contra.
“En manera alguna puede soslayar y diluir las obligaciones y compromisos con el proceso de Justicia y Paz, principalmente porque su núcleo son y seguirán siendo las víctimas”, explicó el ente de control.
Igualmente, indicó que se le deben fijar restricciones de movilidad en el territorio nacional al exjefe paramilitar como una garantía a los derechos de las víctimas de que no se van a encontrar con Mancuso en el lugar que viven.
“Justicia y Paz le extendió la limitación de movilización a los departamentos de Córdoba, Sucre, Bolívar, Atlántico, Cesar, Magdalena, Norte de Santander y La Guajira, así como a los municipios antioqueños de San Pedro de Urabá, Necoclí, Ituango, Arboletes y Apartadó, en los que tuvo lugar su accionar criminal”, conceptuó.
¿Qué viene ahora?
El próximo miércoles, 6 de marzo, la Sala de Justicia y Paz de Barranquilla definirá otra de las solicitudes de libertad de Mancuso, sin embargo, cabe recordar que en su contra pesan 45 sentencias por 37.975 hechos, además 29 trámites para imputación de cargos por 15.473 hechos y 94 audiencias de imputación pendientes.
Adicionalmente, tiene pendientes 33 órdenes de captura en Barranquilla y 14 en Bogotá.
Como gestor de paz se espera que haga acercamientos con los actores de la violencia y repare a las víctimas de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia que sufrieron hechos como violencia de género, homicidios, desplazamientos forzados, reclutamiento ilícito, desaparición, entre otros.
Asimismo, Mancuso tendrá que ofrecer excusas públicas por los daños causados, resarcir a las víctimas, comprometerse a no volver a cometer ningún delito y ubicar a las personas dadas por desaparecidas.