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75% de aforo para eventos masivos en Barranquilla

La Alcaldía de Barranquilla determinó nuevas pautas para los protocolos de bioseguridad sectoriales y para seguir incentivando la vacunación en la ciudad.

Las medidas las adoptó con base en los lineamientos dispuestos por el Ministerio de Salud a través de la Resolución 777.

Para eventos masivos, incluyendo fútbol profesional, así como discotecas, se deberá cumplir con un aforo máximo del 75% de la capacidad de la infraestructura.

La disposición estará vigente siempre y cuando la ocupación de camas UCI se mantenga inferior al 85%.

Para el ingreso a eventos masivos, discotecas y billares, se deberá demostrar que el asistente cuenta con al menos con 1 dosis de la vacuna contra el COVID-19.

Para verificar que cumple con el requisito la persona debe mostrar el certificado digital o físico.

Cada establecimiento deberá hacerse responsable del control y el cumplimiento de esta medida.

De igual manera, esta vigilancia la apoyará la Secretaría de Gobierno, la Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana y la Policía.

Ocupación de UCI

Si la ocupación de camas UCI sobrepasa el 85%, no se permitirán los eventos de carácter público o privado que superen las 50 personas.

Adicionalmente, para estos eventos se deberá cumplir con el distanciamiento físico de mínimo 1 metro de distancia.

Lo anterior se determinó teniendo en cuenta los indicadores de salud pública en la ciudad a la fecha.

El secretario de Desarrollo Económico, Ricardo Plata Sarabia manifestó que “estamos más que preparados para seguir avanzando en la recuperación de empleo de Barranquilla”.

Puntos móviles por sectores

Desde este jueves hasta el domingo 10 de octubre, la Alcaldía habilitará los primeros puntos de vacunación móviles, iniciando con un piloto en establecimientos nocturnos.

A partir de las 4:00 p. m., el equipo de la Secretaría de Salud se instalará en dos sectores:

  • Carrera 8 # 41B – 44.
  • Carrera 43B # 82 – 12.

De forma simultánea, se continuarán los procesos de vacunación iniciados con otros conglomerados, incluyendo hoteles, billares y sector construcción.

Los ciudadanos pueden contactar al equipo de Patrullas COVID cuando se evidencien incumplimientos de las medidas decretadas.

Canales de atención

  • Línea 195 y línea COVID 3851246.
  • Línea de Emergencias: 123.
  • Redes sociales Alcaldía de Barranquilla y Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana.

Quienes incumplan los protocolos de bioseguridad y las medidas sanitarias establecidas serán sancionados con Multa General Tipo 4, equivalente a $936.320.

También tendrá suspensión temporal de la actividad por no atender las normas o disposiciones de seguridad o sanidad.

En los términos del artículo 196 de la Ley 1801 de 2016, la reiteración de este comportamiento contrario a la convivencia dará lugar a un cierre de tres (3) meses.

En caso de posterior reincidencia en un mismo año, se impondrá la suspensión definitiva sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.