Un juzgado de Cartagena ordenó al Ministerio de Salud y Nueva EPS aplicarle a un ciudadano la segunda dosis de la vacuna Pfizer contra el covid-19.
Al fallar una acción de tutela, el despacho reconoció los derechos de un ciudadano identificado como Ernesto Camilo Brugés López.
De acuerdo con la decisión, “no se han realizado estudios de eficacia de la Vacuna Pfizer, en intervalos mayores a 21 días”.
“Por tal motivo afirmar que la segunda dosis de la vacuna la pueden aplicar en un intervalo de 0 a 90 días, carece de fundamento científico alguno”, dice el fallo.
La decisión desvirtúa entonces lo expuesto por Minsalud en el Plan Nacional de Vacunación.
Señala el despacho judicial en el fallo, que no se aportaron los documentos suficientes por parte de la cartera, que permitieran sustentar los aplazamientos.
Anota que al accionante le vulneraron el derecho a la salud, y la vida, además de intervenir en la posibilidad de un reintegro al ámbito laboral.
Hasta el momento, se desconoce la fecha concreta en que notificaron a las partes.